sábado, 12 de septiembre de 2015

Derechos Humanos y propiedad intelectual en los pactos internacionales


¿Qué buscamos como sociedad cuando regulamos la circulación de conocimiento y los derechos de autor? Interesante pregunta para comenzar a reflexionar sobre la circulación del conocimiento y lo que ello implica en los distintos países. Actualmente las prácticas sociales de acceso a conocimiento, producción de información y de cultura, se encuentran con las prohibiciones del copyright, defendido por las grandes corporaciones editoriales, discográficas, multimediales, las sociedades gestoras de derechos, que colocan cercos artificiales al espacio público, de lo común.

Beatriz Busaniche plantea que cuando nos referimos a la propiedad intelectual lo debemos hacer desde la política pública y desde su función social. Nadie crea de la nada, todo lo creamos a partir del acervo cultural existente. Y aquí es importante considerar las similitudes con el planteo que realiza la autora Patricia Díaz Charquero, (quien forma parte de creative commons Uruguay como abogada) cuando expone:





Como habíamos señalado anteriormente en otro postCreative Commons es una organización sin fines de lucro cuyo objetivo es fomentar los bienes comunes culturales. Para esto, ha desarrollado una serie de licencias que permiten que los autores otorguen a la gente el derecho de compartir, usar y recrear a partir de sus obras.
Ambas autoras coinciden en que podemos responder a la pregunta que inicia esta entrada: 
a. El fomento del arte, las ciencias y otras formas de conocimiento. 
b. El acceso más amplio posible a estos por parte de toda la sociedad. 
c. La garantía de un nivel de vida digno para quienes contribuyen con sus obras a la construcción cultural colectiva. 
Patricia Díaz, comenta que en el año 2013 Uruguay inicia su incorporación a Creative Commons con el fin de promover y adaptarlas licencias a nuestra legislación. Creative Commons Uruguay está directamente involucrado en la temática de "Derechos de autor y acceso a la cultura", dado que, con sus licencias de derechos de autor, facilita el acceso de la gente a los bienes culturales. Las millones de obras licenciadas con CC se encuentran disponibles para la sociedad, aportando a un ecosistema cultural más libre, equitativo y democrático. Por su parte, las licencias le devuelven al autor la capacidad de ejercer sus derechos como lo entienda conveniente, pasando del “todos los derechos reservados” a “ciertos derechos reservados”.

Tanto Patricia como Beatriz coinciden en que es necesaria la construcción de otro paradigma acorde a las tecnologías disponibles y las necesidades de nuestro tiempo.

Bibliografía de interés:
-“Libertad de expresión, cultura digital y derechos de autor.” Por Beatriz Busaniche, Revista Cuestión de Derechos. Asociación por los Derechos Civiles. Argentina.
-Informe presentado por Beatriz Busaniche en las conferencias ciudadanas Sumar, organizadas por el gobierno de Uruguay en noviembre de 2013. El informe completo puede leerse en: http://sumar.gub.uy/wp-content/uploads/2013/10/Informe-Beatriz-Busaniche-Via-Libre.pdf
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